LEON ALAPONT,JOSE
Los canales de denuncia y las investigaciones internas corporativas juegan un papel trascendental dentro de los denominados programas de cumplimiento penal. En el ámbito privado (al que pertenecen la mayoría de sujetos incluidos en el régimen de los arts. 31 bis y ss. CP) la incorporación y desarrollo de estos dos elementos supone estar cumpliendo con parte de las exigencias que el Código Penal fija para que la persona jurídica pueda lograr eximirse o ver atenuada su responsabilidad. Pero, es que, además, son el principal instrumento para descubrir las irregularidades que pueden estar desarrollándose en el seno de la entidad. Con todo, la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, y su trasposición al ordenamiento español, han supuesto una auténtica revolución por cuanto se impone la obligación de que determinadas personas jurídicas implanten dichos canales de comunicación. Y, paralelamente, como consecuencia de lo anterior, la necesidad de iniciar una mínima actividad indagatoria