SALVADOR MARTINEZ, MARIA
EL DERECHO DE PARTIDOS EN PERSPECTIVA COMPARADA, por María Salvador Martínez
DERECHO DE PARTIDOS EN ALEMANIA, por Heike Merten
DERECHO DE PARTIDOS EN ESPAÑA, por María Salvador Martínez
DERECHO DE PARTIDOS EN FRANCIA, por Damien Connil
DERECHO DE PARTIDOS EN ITALIA, por Isabella Maria Lo Presti
LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN POLONIA, por Jaroslaw Sulkowski
DERECHO DE PARTIDOS EN PORTUGAL, por Margarida Salema dOliveira Martins
DERECHO DE PARTIDOS EN EL REINO UNIDO, por Keith D. Ewing
Las democracias actuales son democracias de partidos y, por mucho que nos pese, no solo no es posible una democracia sin partidos, sino que, además, la calidad de esta y su correcto funcionamiento dependen muy directamente de los partidos políticos. Por ello, en el contexto de la fase de «crisis» que atraviesan actualmente los Estados democráticos, el interés en estas organizaciones y su regulación se ha intensificado, porque cualquier propuesta, solución o respuesta que se quiera formular para hacer frente a tal «crisis» ha de tener en cuenta a los partidos y al derecho que se ocupa de ellos. Es cierto que el derecho es solo uno de los diversos factores que determinan que los partidos políticos puedan desempeñar satisfactoriamente su función y asegurar el correcto funcionamiento del sistema democrático, pero no es el menos importante.
Este es el punto de partida de este trabajo colectivo que recoge una exposición del origen, evolución y retos del derecho de partidos en siete países europeos (Alemania, España, Francia, Italia, Polonia, Portugal y Reino Unido), cuyos autores son reconocidos especialistas de cada uno de ellos (Heike Merten, María Salvador, Damien Connil, Isabella Maria Lo Presti, Jaroslaw Sulkowsky, Margarida Salema d´Oliveira Martins y Keith Ewing).
Además de impulsar el derecho de partidos como disciplina, este trabajo busca abrir un diálogo entre distintas experiencias jurídicas, porque en la comunidad jurídica europea, cualquier respuesta a problemas comunes, como son los que hoy enfrentan los Estados democráticos, solo puede formularse en comunicación y diálogo con las experiencias de otros países europeos, buscando fortalecer los valores democráticos y de sujeción al derecho que definen a los Estados constitucionales europeos y a la comunidad constitucional que estos forman, e, incluso, con voluntad de contribuir a la identificación y fortalecimiento de un derecho europeo común de partidos políticos.