COSSÍO DÍAZ, JOSÉ RAMÓN
Para quienes aceptamos un enfoque positivo del derecho, existe un interesante problema, persistente y no siempre visible: ¿de dónde obtiene el derecho su materialidad? Por decirlo de otra manera, ¿cómo es que de la pura normatividad, los órganos creadores del orden jurídico incorporan los elementos materiales que le dan contenido a las normas? En los procesos de creación normativa que suelen agruparse bajo la denominación "dinámica jurídica´,´ diversos órganos tienen que obtener información, conceptos o sentidos que no se encuentran cabalmente expresados en las normas a partir de las cuales deben crearse otras, desde luego más individualizadas. El trabajo que conjuntamente con los miembros de "la ponencia" he tenido que realizar para resolver los casos en la Suprema Corte, me ha impulsado a reflexionar sobre el mismo quehacer. Es decir, lo hecho como ministro se ha constituido, tal vez como autoreflexividad, en parte de mi trabajo académico. Ello es, precisamente, el contenido de lo que hoy conjunto como libro. Se trata de un conjunto de reflexiones realizadas a lo largo de varios años, en ocasiones para analizar ideas que luego me han servido para actuar como juez, para tratar de explicitar lo que como juez he hecho o para tratar de comprender cómo es que la materialidad "no-jurídica" se incorpora o trabaja en lo jurídico y en lo judicial. Los casos judiciales, sean sentencias o votos particulares, los he recopilado en otros volúmenes. Aquí, repito, son ejercicios de reflexión no jurisdiccional, sino vinculados de ciertos modos, con lo jurisdiccional.