NEUS TEIXIDOR MARTÍNEZ
Índice
PRÓLOGO 13
ÍNDICE DE ABREVIATURAS 21
Capítulo 1
INTRODUCCIÓN 25
Capítulo 2
LA DUALIDAD DE GESTIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
2.1. La gestión catastral 41
2.2. La gestión tributaria del IBI 46
Capítulo 3
PUNTOS DE CONEXIÓN ENTRE AMBAS GESTIONES: LA UTILIZACIÓN DE LOS DATOS CATASTRALES PARA LA EXACCIÓN DEL IBI
3.1. El padrón catastral y la lista cobratoria del IBI: nexo de unión entre la gestión catastral y la gestión tributaria o recaudadora del IBI 52
3.1.1. El padrón catastral 53
3.1.2. Las listas cobratorias del IBI 59
3.1.3. Las implicaciones del padrón catastral y de las listas cobratorias del IBI en la notificación colectiva de las liquidaciones del IBI 60
3.2. La determinación del hecho imponible y los supuestos no sujeción del IBI 84
3.2.1 No sujeción de las carreteras, los caminos, las demás vías terrestres y los bienes del dominio público marítimo-terrestre e hidráulico, siempre que sean de aprovechamiento público y gratuito para los usuarios (artículo 61.5.a) del TRLRHL) 86
3.2.2 No sujeción de los bienes inmuebles de dominio público afectos a uso público o, en su caso, a un servicio público gestionado directamente por el Ayuntamiento, así como los bienes patrimoniales (artículo 61.5.b) del TRLRHL) 88
3.3. Los beneficios fiscales: las exenciones y las bonificaciones 93
3.3.1. Los beneficios fiscales objetivos que dependen de las características físicas de los bienes inmuebles 102
a) Los bienes inmuebles que gozan de protección o se hallan en zonas protegidas 102
b) Las viviendas de protección oficial (VPO) y otras viviendas que resulten equiparables a las mismas 115
c) Los bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica 117
d) Los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos terrenos, que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable para la explotación de dichas líneas 118
e) Las superficies de los montes de los montes poblados con especies de crecimiento lento y en las que se realizan repoblaciones forestales o regeneración de masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos aprobados por la Administración forestal 120
f) Cada grupo de BICES 121
g) Los bienes inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar 122
h) Los bienes inmuebles con puntos de recarga de vehículos eléctricos instalados 125
3.3.2. Los beneficios fiscales económicos que dependen de las características económicas de los bienes inmuebles 126
a) Las liquidaciones del IBI de bienes inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida no supere la cuantía determinada en la ordenanza fiscal 126
b) La domiciliación bancaria de los recibos del IBI 128
c) Las liquidaciones emitidas como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general 129
d) Las actividades económicas declaradas de especial interés o de utilidad pública municipal 131
e) Los bienes inmuebles urbanos situados en áreas o zonas del municipio que correspondan, según la legislación y el planeamiento urbanístico, a asentamientos de población singularizados ya sea por su vinculación o preeminencia de actividades primarias de carácter agrícola, ganadero, forestal, pesquero o análogos 135
f) Las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla 136
g) Para paliar las consecuencias de catástrofes naturales 137
3.3.3. Los beneficios fiscales subjetivos que dependen de las características jurídicas de los bienes inmuebles 141
a) Los bienes inmuebles de titularidad de entidades sin fines de lucro 141
b) Los bienes inmuebles de titularidad catastral de entidades religiosas 144
c) Los bienes inmuebles titularidad de la Cruz Roja Española 151
d) Los bienes inmuebles titularidad de Gobiernos extranjeros y que se hallan destinados a su representación diplomática, consular o albergan a otros organismos oficiales 152
e) Los sujetos pasivos que ostentan la condición de titulares de familia numerosa 152
f) Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S. A., S. M. E. 155
3.3.4. Los beneficios fiscales mixtos: dependen de las características físicas y jurídicas de los bienes inmuebles 155
a) Los bienes inmuebles propiedad del Estado afectos a la defensa nacional 156
b) Los bienes inmuebles propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios penitenciarios 157
c) Los bienes inmuebles destinados a servicios educativos 160
d) Los bienes comunales y los montes vecinales en mano común 167
e) Los titulares de centros sanitarios de titularidad pública 169
f) Los bienes inmuebles afectados por obras, ya sean de obra nueva o de rehabilitación equiparable a la misma, que formen parte del objeto de la actividad de empresas de urbanización 170
g) Los bienes inmuebles rústicos de titularidad de cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra 174
3.4. La determinación del sujeto pasivo del IBI a partir de la titularidad catastral 179
3.5. La determinación de los elementos catastrales utilizados para calcular la cuota del IBI 193
3.5.1. La cuantificación de la base imponible a partir del valor catastral 196
3.5.2. La determinación de la base liquidable del IBI 198
a) La reducción aplicable a los bienes inmuebles que, como consecuencia de procedimientos de valoración colectiva de carácter general, han visto incrementado su valor catastral (artículo 67.1.a) del TRLRHL) 199
b) En el supuesto de que, antes de finalizar el plazo de la reducción anteriormente mencionada, se altere la valoración catastral debido a procedimientos de valoración colectiva general, valoración colectiva parcial, simplificado de valoración colectiva o de inscripción mediante declaraciones, comunicaciones, solicitudes, subsanaciones de discrepancias o inspección catastral, los bienes inmuebles afectados también pueden disfrutar de la reducción (artículo 67.1.b) del TRLRHL) 201
3.5.3. La fijación y la aplicación de los tipos de gravamen 205
a) Los tipos de gravamen generales 206
b) Los tipos de gravamen diferenciados 207
c) Los tipos de gravamen reducidos 211
3.5.4. La posibilidad de exigir recargos 212
a) El recargo para los bienes inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados de forma permanente 212
b) El recargo para establecido por las áreas metropolitanas 216
3.6. La modificación de los datos catastrales y la rectificación de las liquidaciones del IBI 217
3.6.1. La alteración de los datos catastrales y sus efectos en el IBI 217
3.6.2. El procedimiento de rectificación de las liquidaciones del IBI como consecuencia de la modificación de los datos catastrales 230
3.6.3. La comisión de infracciones catastrales y su tipificación como infracciones catastrales o tributarias 241
3.7. La impugnación de los actos de gestión catastral y, en su caso, la posibilidad de impugnar el valor catastral a través de la liquidación del IBI 262
Capítulo 4
CONCLUSIONES Y REFLEXIONES CRÍTICAS 275
BIBLIOGRAFÍA 295
El presente trabajo, realizado a partir de la tesis doctoral titulada "La problemática derivada de la gestión compartida en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles", tiene por objeto analizar la problemática derivada de la dualidad de gestión en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). En concreto, para que dicho impuesto pueda liquidarse por parte de los Ayuntamientos, es necesario que, de forma previa, el Catastro Inmobiliario recopile los datos físicos, jurídicos y económicos de los bienes inmuebles. Por lo tanto, existen dos gestiones diferenciadas (la catastral y la tributaria) que son independientes, pero que, al mismo tiempo, se encuentran interrelacionadas. Este modelo permite una fácil gestión del impuesto por parte de los Ayuntamientos pero, a su vez, requiere una colaboración entre ambas Administraciones y provoca situaciones controvertidas. Por ese motivo, el objetivo de este análisis es realizar la propuesta de alternativas al sistema actual que permitan minimizar esas situaciones conflictivas. En este sentido, antes de su publicación, el presente trabajo ya fue merecedor del Primer Premio Fernando Albi de Estudios sobre la Administración Local 2023 otorgado por la Diputación de Alicante en el cual se destacaron las aportaciones de este trabajo para el desarrollo de la Administración local.