PEÑA BERNALDO DE QUIROS, CARLOS MAURO
Formularios y práctica jurídica comentada. La Jurisdicción Voluntaria no está encomendada solamente a los órganos titulares de la jurisdicción (los Tribunales), sino a otros funcionarios públicos: Notarios, Registradores, Cónsules y otros encargados de Registros públicos. Así pues, hay dos tipos de actos o negocios de Jurisdicción Voluntaria: los encomendados a los Jueces, y los encomendados a órganos no judiciales. Incluye los textos legales de Código Civil, Código de Comercio, Ley Hipotecaria y leyes especiales puestas al día, sobre jurisdicción voluntaria en general, informaciones perpetua memoria, defensor judicial, audiencia y fallecimiento, autorización para gravar y enajenar y repudiar herencias, habilitación para comparecer en juicio, deslinde y amojonamiento, posesión judicial, expedientes de dominio, protocolizaciones, liberalización de gravámenes, doble inmatriculación ,subastas voluntarias, etc.