LAS SANCIONES RELATIVAS AL CURSUS PUBLICUS EN EL CÓDIGO TEODOSIANO
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LAS SANCIONES RELATIVAS AL CURSUS PUBLICUS EN EL CÓDIGO TEODOSIANO

BAENA SIERRA JOSE ANTONIO

17,00 €
16,15 €
IVA incluido
Disponible
Editorial:
COMARES (PAPEL)
Año de edición:
2017
Materia
Otras Materias Jurídicas/Multidisciplinar
ISBN:
978-84-9045-559-3
Páginas:
178
Encuadernación:
Rústica
Colección:
BIBLIOTECA COMARES DE CIENCIA JURIDICA
17,00 €
16,15 €
IVA incluido
Disponible
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La monografía que nos presenta el Dr. Baena Sierra constituye el resultado de la Tesis Doctoral que elaboró durante varios años bajo mi propia dirección. Particularmente opino que se trata de un trabajo riguroso, metódico y minucioso, que se adentra de lleno en el ámbito del Derecho Público Romano, para centrar definitivamente ciertas cuestiones atinentes a la institución del llamado cursus publicus romano. En efecto, la presente obra constituye a mi juicio una contribución científica relevante en el tema del cursus publicus y más concretamente, de las sanciones establecidas a su propósito en el Código de Teodosio, con particulares y atinadas referencias al Código justinianeo también; un asunto que ha pasado desapercibido para la doctrina romanística española, pese al enorme peso de la institución, sobre todo, en los siglos del Principado.

Por contar someramente la historia de la gestación del libro, en un principio, se barajó la posibilidad de acometer un estudio en castellano de todos los aspectos concernientes al cursus, pero habida cuenta de su carácter prácticamente inabarcable para una Tesis Doctoral, por otra parte, caracterizada siempre por el mayor acotamiento posible del tema a investigar, se decidió finalmente centrar el asunto en las sanciones establecidas para los ilícitos contemplados en un conjunto numeroso de constituciones imperiales recogidas en el Código Teodosiano. Ni que decir tiene que tal cuerpo legal cuenta con un escollo principal que viene dado por el propio texto latino, de tal forma que el autor tuvo que lidiar con las traducciones más solventes a su disposición, entre las cuales destaca sin duda la del inglés Pharr. Una vez delineada la traducción más plausible al castellano de las constituciones imperiales, aún restaba la ardua tarea de su sistematización y organización en diversos epígrafes, en los cuales quedan agrupadas las leyes que por analogía podían ir juntas. Tengamos en cuenta además, que aunque existen importantes obras de referencia sobre cursus publicus en otros idiomas, fundamentalmente, en alemán, el autor se vio hasta cierto punto desasistido pues no pudo contrastar sus originales interpretaciones con otras opiniones doctrinales vertidas en castellano, dado que no existen obras de conjunto sobre el tema, al menos, editadas.

Siendo así, el libro comienza por una Introducción, en la cual el autor relata los motivos de su elección; los obstáculos que durante la investigación encontró, así como las cuestiones de método, tan relevantes en la investigación científica de las ciencias jurídicas; aún más de las históricas. Para éstas, el autor dedicó en especial ciertas páginas, bajo el apelativo de Cuestiones Preliminares, a desentrañar los problemas metodológicos suscitados por el Título quinto del Libro octavo del Código Teodosiano, donde naturalmente se contienen las leyes imperiales analizadas. Tras ello, el autor procedió a realizar una clasificación de las sanciones que atendía fundamentalmente, al hecho reprensible, si bien es cierto que, a lo largo del periodo compilado, no resultó siempre unívoco; algo que sin duda, venía a complicar la investigación. Y dado el carácter poliédrico de la materia, tal como al autor gusta decir, creyó conveniente fijar las siguientes categorías, que se hicieron corresponder con sendos capítulos: en el capítulo II, aquellas constituciones imperiales relativas al abuso de medios materiales (animales y vehículos de transporte). En el capítulo III, quedaron ubicadas las sanciones relacionadas con el uso no autorizado del cursus publicus y en el capítulo IV, se comentaron críticamente las constituciones que sancionaban conductas que suponían una lesión directa o indirecta al servicio. El lector quizá eche de menos una mención al capítulo I, que se titula Una aproximación al cursus publicus, y que bien podría parecerse a ese estudio doctrinal global o de conjunto sobre la institución que se echa en falta en el panorama doctrinal español. No está de más decir que el autor ha prometido seguir esta senda de estudio y publicar en un futuro no muy lejano otra obra con tales características. Mientras llega, puedo decir que nos encontramos ante numerosas páginas que dejan sentado el concepto de cursus publicus y demás cuestiones adyacentes. Y quizá vaya siendo hora ya de poner al lector en antecedentes: aunque es usual encontrar la afirmación de que el cursus publicus fue el sistema de correos conocido por los romanos, resulta más cierto que la intención de su creador intelectual, Octavio Augusto, fue asegurar un sistema de comunicaciones y documentos al servicio del Emperador y los intereses del Imperio, con el fin último de garantizar que las comunicaciones más sensibles, delicadas e importantes fueran rápidas, eficaces, y sobre todo, seguras. Naturalmente, ello propició su carácter permanente, así como la existencia de postas con avituallamiento y caballos frescos con cierta separación o distancia, garantizándose su mantenimiento por las villas y ciudades en las que se encontraban. Sin embargo, su campo de aplicación pronto se amplió a las personas y materiales de carácter oficial. Ni que decir tiene que este ?monstruo? de dimensiones gigantescas hizo imposible un sostenimiento regular ni por los provinciales ni por el Estado, lo que propició que, tras el crecimiento sostenido y constatado durante los reinados de Diocleciano y Constantino, fuese retrocediendo progresivamente, hasta su total supresión por Justiniano. Pues bien, tal sistema oficial de comunicaciones y transportes presenta, como bien puede suponerse, multitud de aristas interpretativas e hipótesis de todo calado que el autor aborda con solvencia, valentía y arrojo, después de mucho reflexionar y elucubrar sobre las mismas, hasta el punto de formular algunas notas conclusivas que han pretendido ser definitivas y de las cuales querría destacar especialmente dos, pero sin revelar exactamente el contenido al lector, para que quede enganchado en el libro: una es alusiva a la hipotética existencia paralela de un cursus navicularii que el autor no niega en absoluto, pero que matiza adecuadamente. La otra se relaciona con el documento o evectio que debían portar siempre los viajeros y con la más que probable existencia de un enigmático sello que parecen sugerir las leyes imperiales y que resulta ser aportación original del autor. Ya para concluir, me gustaría decir que así como fue un placer dirigir la mencionada Tesis Doctoral, génesis del libro, también ha sido un enorme placer prologar la presente obra, cuyo mérito esencial se halla en que constituye un estudio ineludible sobre las muchas y variadas sanciones que el Código Teodosiano contiene en relación con el cursus publicus de la antigua Roma.

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