MACERA, BERNARD-FRANK
Las actividades de uso del suelo se sujetan al control previo de la licencia.
Esta técnica constituye, por tanto, un tema de la mayor importancia en el Derecho
urbanístico. Y es que a través de ella se concreta el ejercicio de un poder administrativo
decisivo para la conservación y el desarrollo de las ciudades. Tradicionalmente, la
licencia ha tenido como objeto el control de las obras de construcción y demolición de
edificios. Ahora bien, con el paso del tiempo, se ha convertido en un cauce a través del
cual se fiscalizan un sinfín de actividades urbanísticas --de obras o de usos-- de muy
diversa índole. El fundamento del sometimiento a licencia de todas estas actividades es
incuestionable. Son de tal entidad los intereses en juego y los derechos involucrados,
son tantos y tan llamativos los abusos susceptibles de ser cometidos, que todos los
controles son pocos. Pero como modalidad de intervención omnipresente y con una
especial incidencia en el patrimonio jurídico de los particulares, las licencias
urbanísticas presentan una conflictividad muy abundante y compleja. Uno de los puntos
en los que se concentran dichas tensiones viene constituido por los daños y sacrificios
que sufren los administrados (propietarios, promotores, constructores, etc.), bien como
consecuencia de una actividad deliberadamente dirigida a producirlos para lograr fines
públicos, bien como resultado incidental de una actuación con otro objeto o de una
omisión de la Administración. En tales supuestos, cuando se dan ciertas condiciones, la
autoridad causante del perjuicio tiene el deber de resarcir al sujeto afectado. Pues bien,
al examen de esta problemática especialmente relevante desde una perspectiva práctica
se consagra el presente libro.