TÁBOAS BENTANACHS, MANUEL
El presente trabajo pone de manifiesto que la regulación de los recursos administrativos especiales, concretamente en materia de recaudación o de aplicación y efectividad de ingresos de derecho público, bien correspondientes a la Administración General del Estado, a las Comunidades Autónomas o a los Entes Locales, no es tan simplificada como se ha considerado e impone al interesa-do una complejidad ciertamente trascendente, siempre alejando temporalmente la vía judicial contencioso-administrativa.
El autor del presente trabajo, sigue decantándose por la defen-dida procedencia de la instauración de recursos administrativos meramente potestativos, dando lugar a que sea el mismo inte-resado recurrente el que decida si le interesa seguir estando en la vía administrativa con los recursos administrativos que el ordenamiento jurídico le ofrezca, para posteriormente acceder a la vía judicial contencioso-administrativa o a que sea el propio interesado el que decida si lo que más le interesa es acceder directamente, sin mayores trámites ni demoras, a la vía judicial contencioso-administrativa.