BERDAGUER MOSCA, JAVIER
En «Obra Colectiva y Derecho de Autor» se emprende un estudio exhaustivo del régimen jurídico de la obra colectiva. Dicho análisis procura articular en todo momento y de una manera fluida las intrincadas discusiones teóricas que se han despertado en la doctrina española y extranjera con el impacto que tales cuestiones han tenido en la jurisprudencia de los Tribunales. A tales efectos, se incorpora un Anexo de Jurisprudencia donde pueden encontrarse extractos de las sentencias de los Tribunales españoles más relevantes y recientes en la materia, seleccionados y ordenados con arreglo al hilo de la exposición que sigue toda la monografía.
Si bien la obra colectiva ha sido desde sus inicios una categoría especialmente apta para canalizar fuertes inversiones en la industria cultural, el interés práctico por este tipo de obra se ha incrementado con la aparición de las denominadas «nuevas tecnologías¡» que han transformado la forma tradicional de creación de obras intelectuales y también la manera en que éstas son divulgadas. Así, a los clásicos ejemplos de obra colectiva (como es el caso de los diccionarios, enciclopedias o las publicaciones periódicas) se han agregado recientemente los programas de ordenador, las bases de datos y buena parte de las denominadas obras multimedia (páginas web, videojuegos y obras interactivas de diversa naturaleza, entre otros), todas ellas creaciones intelectuales susceptibles de ser configuradas como obra colectiva.
A lo anterior hay que añadir que el creciente interés por la obra colectiva se debe a la existencia de un régimen excepcional al que se ve sometido el derecho de autor que nace sobre la misma. En efecto, se trata del único caso en que se permite el reconocimiento de un derecho de autor de forma originaria a una persona jurídica, siempre, claro está, que se cumplan todos los requisitos establecidos en el supuesto de hecho que regula el artículo 8 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. El haz de facultades reconocidas al titular de la obra colectiva comprende tanto las facultades exclusivas como las facultades morales o personales. No obstante, esta misma circunstancia ha motivado un abultado repertorio de críticas doctrinales contra dicha categoría; críticas estas que generan una inseguridad jurídica que esta obra aborda y pretende ayudar a superar.