PÉREZ GIMÉNEZ, MARÍA TERESA
Es difícil determinar en todo el entramado que constituyen las relaciones paterno-filiales, qué aspectos son públicos y cuáles privados, pero, además, existen elementos emocionales y biológico-afectivos no presentes en otras instituciones de guarda, de difícil percepción a nivel jurídico, que influyen en esos valores familiares. En este contexto hay que plantear la relación entre la familia y el Derecho y las obligaciones que derivan de la patria potestad. En la actualidad, las normas dictadas para la protección de los menores se asientan en el respeto de los mismos como titulares de derechos,que gozarán de mayor autonomía en función de su madurez, con la intención de dejar de lado planteamientos paternalistas, haciendo siempre efectiva la satisfacción del principio del interés del menor.