FRANCIS LEFEBVRE
Este Memento Experto le ayudará a entender y aplicar correctamente la reforma del proceso laboral, que entra en vigor el 4 de mayo de 2010 y que surge a raíz de la implantación del nuevo modelo de oficina judicial. La obra analiza todas las consecuencias y cuestiones que pueden derivarse de la distribución de competencias entre el juez y el secretario, eje central de la reforma.
Entre las principales modificaciones que esta reforma introduce en la Ley de Procedimiento Laboral, y que se analizan con profundidad en el presente Memento experto, destacamos:
? Acumulación de acciones, procesos, recursos y ejecuciones.
? Actos procesales que afectan a tres materias: actuaciones procesales en sentido estricto, resoluciones procesales y actos de comunicación.
? Modificaciones en el proceso ordinario:
- admisión de la demanda.
- acto de juicio: citación, conciliación, celebración del juicio y documentación, documentación electrónica.
- régimen de la prueba y sentencia.
- cuantía de las multas por temeridad o mala fe.
? Recursos.
- modificaciones en la cuantía y en los depósitos para recurrir.
- intervención de los graduados sociales en el recurso de suplicación.
- posibilidad de recurrir contra las resoluciones del secretario judicial: diligencias de ordenación, decretos y diligencias de constancia, comunicación o ejecución.
- nuevo recurso de reposición contra resoluciones judiciales: providencias y autos.
? Ejecución. Asunción por los secretarios de las medidas ejecutivas concretas para llevar a cabo lo dispuesto en la orden general de ejecución y de la decisión sobre la acumulación de ejecuciones.
Finalmente, en los anexos de la obra se analizan las vinculaciones entre la LPL y la LEC, análisis que resulta esencial puesto que la reforma afecta, no sólo de forma directa al propio texto de la LPL, sino también a la LEC, siendo ésta última de aplicación supletoria.
SUMARIO.
1. La reforma procesal de 2009 y el proceso social.
2. La reforma que viene del procedimiento laboral. Aspectos críticos.
3. Distribución de competencias entre juez y secretario en el proceso: resoluciones y recursos.
4. Acumulación de acciones, procesos y recursos.
5. Reforma de actos procesales y de comunicación.
6. Admisión de la demanda (incompetencia territorial, subsanación, admisión de la demanda y de la prueba).
7. Señalamiento de juicio y acto de conciliación.
8. El juicio oral tras la entrada en vigor de la ley 13/2009, de 3 de noviembre.
9. Novedades de la reforma de la ley 13/2009 en el ámbito de la ejecución laboral.
Anexos.