CARBAJO GARCÍA, GERMÁN / FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, JUAN JOSÉ
PRESENTACIÓN CAPÍTULO I. ÁMBITO JURÍDICO DE LOS TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD 1. Un triple origen para una misma realidad en esencia. las variantes en los trabajos en beneficio de la comunidad 1.1. Los TBC como alternativa a una pena. Los menores como colectivo con regulación específica 1.2. La sustitución de sanciones pecuniarias por TBC (o cursos formativos) en las Entidades Locales 1.2.1. Acerca de la competencia de las entidades locales para el establecimiento de TBC como medida alternativa a la sanción pecuniaria 1.2.2. Los cursos formativos para menores de edad 2. La exclusión como relación laboral a partir de sus notas características 2.1. El consentimiento del penado o sancionado y la inexistencia de voluntariedad en la prestación 2.2. La utilidad pública y la ausencia de intereses económicos como contexto de la ajenidad 2.3. La dependencia en la adjudicación de actividades, la dirección y control de su desarrollo y la valoración a efectos del cumplimiento (o no) de la pena 2.4. La falta de retribución como elemento definitivo 3. La incidencia del ordenamiento laboral en el desarrollo de los trabajos en beneficio de la comunidad. El recurso a la analogía 3.1. La dignidad del penado y la funcionalidad de los derechos laborales inespecíficos 3.2. El tiempo de trabajo 3.3. Las incidencias motivadas por el incumplimiento grave y culpable del penado o sancionado 4. La cobertura de las contingencias profesionales en favor de quienes realizan trabajos en beneficio de la comunidad 4.1. Ámbitos subjetivo y objetivo de protección 4.2. Actos de encuadramiento 4.3. Ausencias debidas a contingencias profesionales y liquidación de la condena CAPÍTULO II. LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD 1. Datos para la reflexión 2. El contexto legal y una propuesta de integración de la prevención de riesgos laborales para completar la normativa social 3. El desarrollo de la propuesta a partir de la asignación de obligaciones y responsabilidades a las entidades intervinientes en los supuestos de TBC con regulación estatal 3.1. Las obligaciones de la entidad responsable en el origen (mandante) 3.1.1. El deber de información 3.1.2. La obligación de formación 3.1.3. La vigilancia de la salud 3.2. Las obligaciones de la entidad destinataria 3.2.1. El deber de información: tiempo, contenidos y receptores 3.2.2. Las obligaciones durante la prestación de servicios 3.2.3. La posición de garante como mecanismo de cierre del sistema de obligaciones 3.2.4. Obligaciones específicas en supuestos de necesidad de coordinación 3.3. Obligaciones comunes a la entidad mandante y a la destinataria 3.3.1. Deber de documentación 3.3.2. Ejercicio de los derechos de representación por quienes desarrollan TBC 3.3.3. Deber de coordinación 4. Elementos singulares en la responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones en materia preventiva: responsabilidad administrativa y recargo de prestaciones 4.1. Responsabilidad administrativa: la imposición de medidas correctoras 4.2. El recargo de prestaciones BIBLIOGRAFÍA RELACIÓN DE SENTENCIAS
En su modalidad recogida en el Código Penal, en la dirigida a menores o bajo las formas que recogen las ordenanzas municipales en sustitución de las sanciones pecuniarias, los trabajos en beneficio de la comunidad no constituyen una relación laboral, pero en su regulación jurídica son constantes los ecos del ordenamiento social, ya sea en el diseño de los derechos, del tiempo de trabajo o de las incidencias derivadas de conductas graves y culpables en la prestación; ya, en particular, cuando se garantiza (atendiendo a las particularidades en presencia) la adecuada cobertura por la Seguridad Social de las contingencias profesionales. . La presente obra comienza allá donde terminan las pocas preocupadas por este vínculo entre los trabajos en beneficio de la comunidad y en el ordenamiento social, para ofrecer como primicia una propuesta llamada a otorgar contenido concreto al reenvío en blanco que la ley efectúa a la normativa de prevención de riesgos laborales. A tal efecto se toma en consideración la relación triangular que tiene lugar en las empresas de trabajo temporal y, dada la evidente analogía, se procede a adaptar sus previsiones a este concreto ámbito de actividad para garantizar entornos seguros durante la prestación.