IBERLEY, DEPARTAMENTO DE DOCUMENTACIÓN
0. LA REFORMA DEL CC POR LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO
1. LA TUTELA Y GUARDA DE LOS MENORES
1.1. La tutela
1.2. El defensor judicial del menor
1.3. La guarda de hecho del menor
2. LA MAYORÍA DE EDAD Y LA EMANCIPACIÓN
3. LAS MEDIDAS DE APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL EJERCICIO DE SU CAPACIDAD JURÍDICA
3.1. Disposiciones generales
3.2. Medidas voluntarias de apoyo a las personas con discapacidad
3.3. Guarda de hecho de las personas con discapacidad
3.4. La curatela
3.5. El defensor judicial de la persona con discapacidad
3.6. Responsabilidad por daños causados a otros
4. DISPOSICIONES COMUNES
5. EL PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS JUDICIALES DE APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
6. LAS INSTITUCIONES DE PROTECCIÓN A LA PERSONA EN EL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA
6.1. La tutela
6.2. La curatela
6.3. El defensor judicial
6.4. La guarda de hecho
6.5. La asistencia: nueva regulación desde el 3 de septiembre de 2021
6.6. La protección patrimonial de la persona discapacitada o dependiente
6.7. La protección de los menores desamparados
7. REGULACIÓN AUTONÓMICA SOBRE LA CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
7.1. Navarra
7.2. Aragón
7.3. Galicia
ANEXO I. CASOS PRÁCTICOS
ANEXO II. FORMULARIOSS
El 3 de septiembre de 2021 entraba en vigor la reforma civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad efectuada por la Ley 8/2021, de 2 de junio, la cual ya está siendo aplicada y analizada por nuestros tribunales.
A través de esta obra podrán conocer el título XI «De las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica», y su aplicación por parte de los tribunales, así como la regulación del procedimiento de adopción de medidas judiciales de apoyo previsto en la LEC y en la LJV. Todo ello acompañado de un listado de formularios y de casos prácticos actualizados a los cambios normativos.
Como complemento desarrollamos la regulación que sobre la capacidad de las personas realizan comunidades autónomas como la de Cataluña, Navarra, Aragón y Galicia.